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  20. La Educación

Derechos Humanos es el estudio de las facultades, prerrogativas, y libertades fundamentales que tiene una persona por el simple hecho de ser creado a la imagen de Dios, sin los cuales no se puede vivir como tal.  Se expresan como derechos civiles y políticos; derechos económicos, sociales y culturales; y derechos de los pueblos o de solidaridad.  Se investiga cuál debe ser el mensaje profético de la iglesia a favor de la dignidad humana, la justicia social y el buen gobierno.

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56. EL DERECHO A LA CULTURA

DESDE LA REALIDAD

"El espectáculo de mayor desolación lo ofrece la célebre biblioteca de Sarajevo. El 26 de agosto de 1992, los ultranacionalistas serbios arrojaron sobre ella un diluvio de cohetes incendiarios que redujeron en pocas horas todo su rico patrimonio cultural a cenizas.
Como señala la Oficina de Información del Gobierno de Bosnia-Herzegobina, dicho acto "constituye el atentado más bárbaro cometido contra la cultura europea desde la II Guerra Mundial. En verdad...dicho crimen no puede ser definido cabalmente sino como memoricidio. Puesto que toda huella islámica debe ser extirpada del territorio de la Gran Serbia, la biblioteca, memoria colectiva del
pueblo musulmán bosnio, estaba condenada a priori a desaparecer en las llamas de la vengadora purificación.
Casi cinco siglos después de la quema de manuscritos arábigos en la granadina puerta de Bibarrambla decretada por el cardenal Cisneros... miles de manuscritos árabes, turcos y persas se esfumaron definitivamente. El tesoro así destruido comprendía obras de historia, geografía y viajes; teología, filosofía y sufismo; ciencias naturales, astrología y matemáticas; diccionarios, gramáticas y poemarios; tratados de ajedrez y de música....

REFLEXION Y ANALISIS

El interés y preocupación por los derechos culturales tiene varias causas:

  1. En aquellos países que alcanzaron la independencia del dominio colonial, esta independencia significó, además del derecho político a la autodeterminación, un nuevo sentido de dignidad, un enorgullecimiento de su arte, la determinación de reconstruir las culturas tradicionales y la protección de las nuevas culturas indígenas de la furiosa industrialización.
  2. Para aquellos que viven en el mundo industrializado se ha llegado a la conclusión de que, además de las cosas materiales, existe la necesidad de una actividad creadora. Se puede decir que ha surgido un nuevo humanismo.
  3. En cualquier lugar del mundo, a medida que un mayor número de personas va teniendo acceso a los medios de comunicación, se produce un mayor interés por otras culturas y por la riqueza cultural del pasado.
    Lo importante de todo esto es el hecho de que la cultura no es considerada ya como prerrogativa de una minoría. Existe una creciente aversión a definir la cultura en términos elitistas, se empieza a reconocer la diversidad de los valores culturales, incluso dentro de un mismo país, conforme se verificó en España.
    Para dar un ejemplo práctico es necesario distinguir qué son estos derechos culturales en dos contextos socio-económicos totalmente diferentes:
    1. En una sociedad industrializada, y
    2. En una sociedad en vías de desarrollo.

a. En la sociedad industrial se ha generado una cultura consumista; la realización práctica de los derechos culturales debe permitir una mayor participación del hombre en la vida de la comunidad para subsanar la mecanización y el anonimato.
El cumplimiento de los derechos culturales debe permitir al hombre liberarse de la manipulación de la publicidad, ofreciéndole los medios para impugnar y distinguir entre las diferentes fuentes de información.
Y una consecuencia de la eficacia de los derechos culturales es hacer conocer a la
sociedad consumista la existencia de otras sociedades y otras culturas, llevándola a comprender mejor la realidad de las sociedades en desarrollo. Tal comprensión podría conducir a una superación del etnocentrismo.

b. Por otro lado, en una sociedad en vías de desarrollo, el contenido de los derechos culturales está más estrechamente relacionado con el derecho a la autodeterminación y/o con el concepto de rehabilitación de una cultura tradicional sometida durante mucho tiempo a una situación de colonización.
El concepto de derechos culturales en las áreas subdesarrolladas está íntimamente asociado con la idea de desarrollo, mucho más que con la idea de ocio. Esto significa que el
derecho a la cultura todavía se identifica, hasta cierto punto, con el derecho a la educación, a una educación práctica que aspira a ayudar al individuo a vencer la situación de marginación en la que está inmerso.
Por tanto, se cometería un grave error, si en el afán de conservar el "mito de la universalidad" de los Derechos Humanos, se construyera un concepto general de derechos culturales, en contradicción con la actual combinación internacional de circunstancias, i. e. con la realidad mundial.

Estamos a punto de terminar este segundo milenio y todavía millones de hombres y mujeres son privados de los frutos de la cultura y de los beneficios del progreso científico. Vacunaciones necesarias y posibles, por ejemplo contra el cólera en el Perú, no son practicadas de modo adecuado y, consecuentemente, existen poblaciones no preservadas de enfermedades cuyos antídotos hace mucho tiempo han sido descubiertos.
Científicos estudian las transformaciones en el mundo, gracias a subvenciones que proceden del trabajo de las grandes mayorías. Sin embargo, muchas veces ocurre que intereses políticos o económicos acaban por prevalecer sobre el
derecho a que todos los hombres gocen de los beneficios resultantes de tales progresos científicos. Es injusto mantener estructuras por las que estos beneficios son la prerrogativa de unos pocos.
La primera tarea del hombre es vivir y una de las principales funciones de la cultura es hacer posible a las personas mantener y perpetuar la vida. La más importante condición de la vida es la paz y una de las principales funciones de la interacción cultural es erradicar las guerras de la vida de las sociedades. Sin embargo, las mayores inversiones para investigación y desarrollo tecnológico se da en el área armamentista, pese a los recientes esfuerzos por restringir tal producción. Por cuanto podríamos concluir que la cultura actual es una cultura belicista.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos ha tenido una gran influencia en nuestro pensamiento sobre los
derechos del hombre. Pero el mundo ha presenciado cambios muy radicales en los últimos cuarenta años. Aunque la UNESCO, organismo de Naciones Unidas que tiene por misión promover la solidaridad intelectual y moral de la humanidad, haya sobrevivido a estos cambios, la revolución de la ciencia y la tecnología exige una nueva perspectiva y una aplicación más realista de los propósitos e intenciones a las urgentes necesidades de la humanidad.
El
derecho a la cultura de los pobres del mundo debe comenzar por su liberación de la pobreza, la enfermedad y el analfabetismo. Los hombres deben aceptar que la ciencia y la aplicación de sus resultados continuará formando el fondo de toda la cultura humana.
Para terminar, es importante que se comprenda que el
derecho a la cultura incluye la posibilidad de cada hombre de obtener los medios para desarrollar su personalidad, a través de su participación directa en el sostén de los valores humanos, y de llegar a ser, de esta forma, responsable de su situación, bien a escala nacional o mundial.

ACCION SOBRE LA REALIDAD

Entre las acciones de defensa de este derecho cabe señalar, además de la utilización de las diferentes garantías del derecho, la colaboración con organizaciones intergubernamentales, como la UNESCO y con organizaciones no gubernamentales que actúan en defensa del mismo, como, por ejemplo, la Asociación Pro Derechos Humanos de España, entre otras muchas...

 

57. EL DERECHO A LA EDUCACION

DESDE LA REALIDAD

  1. Casi la mitad de los países del mundo tienen un cincuenta por ciento de analfabetos.
    Las tres cuartas partes de la humanidad están en un grado de culturización de un nivel muy bajo.
    En Africa el 80% de la población es analfabeta...
    Según la UNESCO el 13'4% de la población mundial (que vive en Europa Occidental) absorbe el 45'3% de la producción de libros (225.000 títulos) y si añadimos EEUU, la ex Unión Soviética y Japón, entonces, un 30% de la población mundial produce el 80% de los libros publicados. El público lector es una casta. Roger Scarpit señala que, en 1970, más de la mitad de los libros literarios del mundo están escritos por 10 millones de intelectuales europeos (sin comprender la entones URSS), o sea, el 0'3% de la población mundial.
  2. La educación es un derecho cuyo ejercicio suele depender de situación económica de los diferentes países, la tasa de matriculación terciaria en el Sur es sólo una quinta parte con respecto a la del Norte. Sin embargo, la renta per cápita de Costa Rica es sólo una tercera parte de la de Omán, pero su tasa de alfabetización es tres veces superior. Ello demuestra que el fenómeno educativo está condicionado, pero no determinado por la economía; influyen también factores culturales. Quizá debido a éste último factor, la mujer tanto en el Sur como en el Norte, tradicionalmente se vio postergada en el ámbito educativo; sin embargo este fenómeno ha comenzado a remitir. En los países industrializados, en el sector secundario el número de mujeres es superior al de hombres. En el sector terciario es aproximadamente igual, aunque es menor en un tercio en las actividades científicas.

REFLEXION Y ANALISIS

Entre todos los derechos fundamentales el derecho a la educación es, en cierto modo, el más "fundamental", porque se constituye en la base y garantía de muchos otros derechos, como el derecho a la paz, el derecho al medio ambiente sano...
La existencia de una
sociedad libre no se concibe más que dentro del marco de la libertad de pensamiento y de expresión. Pero para conseguirla es preciso preparar previamente a la juventud a través de una educación en valores como la tolerancia, el pluralismo, y en general, en la idea de respeto de los Derechos Humanos. La educación debe ser una educación orientada en la idea de progreso y, por consiguiente, en la idea de preparación para los necesarios cambios sociales.
El
derecho a la educación constituye un medio de garantía de los demás derechos. A través de la triple función que le es atribuíble:

bullet La función socializadora: la función de integración en la sociedad.
bullet La función democrática, que se traduce en dos vertientes complementarias:
  1. Es un derecho necesario para el conocimiento y participación en todos los demás derechos.
  2. Es un derecho necesario para el conocimiento y el "adiestramiento" en las garantías de los derechos.
bullet La función de progreso: Una sociedad moderna requiere, para su deasarrollo integral, el más alto nivel educativo posible.

La manipulación, ideologización y la existencia de restricciones abusivas en el ejercicio de este derecho es, por el contrario, un instrumento sutil, y lamentablemente eficaz para eliminar la libertad de los pueblos.
La educación es un
proceso con posibilidad infinita de desarrollo, y cuando se le preguntó a Napoleón ¿a qué edad conviene que comience la educación de un niño? respondió: "veinte años antes que nazca, con la educación de la madre", apostillaríamos hoy, también con la del padre. Esta anécdota puede hacernos ver que la dimensión social de la educación de cada individuo depende de la de su entorno. Luego no sería excesivo hablar de "pueblos" educados o analfabetos.
La cultura es un
valor en sí mismo que ha de ser promovido pues permite que la libertad sea real y efectiva. El hombre es un ser intelectual que con su pensamiento transforma no sólo la naturaleza sino su propia vida.
Hablar de una educación para la
libertad, para el desarrollo de la dignidad humana es hablar de una educación con unos valores, que no es neutral. Podemos educar para la violencia o para la paz, para la libertad o para la esclavitud, para el egoísmo o para la solidaridad. De las escuelas pueden salir personas que valoren en un alto grado la dignidad humana o personas que la desprecien.

ACCION SOBRE LA REALIDAD

La acción de defensa del derecho a la educación puede consistir en la colaboración con organizaciones de profesionales de la enseñanza, así como con organizaciones intergubernamles, como la UNESCO y organizaciones no gubernamentales, que desarrollen una labor de defensa de este derecho.
También la acción de defensa se canaliza a través de la creación de asociaciones por parte de los estudiantes, profesores y padres de alumnos.

 

58. EL DERECHO A LA AUTONOMIA UNIVERSITARIA

DESDE LA REALIDAD

El 30 de Noviembre de 1983 el Gobierno Vasco interpuso recurso de inconstitucionalidad contra determinados preceptos de la Ley Orgánica 11/83, de 25 de Agosto, de Reforma Universitaria, argumentando entre otras cosas lo siguiente:

bullet La autonomía universitaria es un derecho fundamental.
bullet Los órganos generales del Estado o de las Comunidades Autónomas con competencia plena en materia de educación no ejercen la totalidad del poder público en razón del principio de autoorganización de las Universidades para el cumplimiento de sus fines propios.
bullet Las potestades derivadas de la autonomía universitaria serán exclusivas cuando afecten únicamente a intereses universitarios, y en los demás casos cabría, con mayor o menor intensidad, una intervención normativa de los poderes públicos generales o comunitarios.
bullet En ningún caso será posible la existencia de controles genéricos e indeterminados.

El Tribunal Constitucional, en aplicación de la Constitución -artículos 27.10, referente a la autonomía universitaria, el 20.1 c, referente a la libertad de cátedra y artículo 149.1.30, referente a normas básicas de desarrollo del artículo 27-, declaró inconstitucionales determinados artículos de la ley impugnada.

REFLEXION Y ANALISIS

Con el axioma moderno "saber es poder", se comenzó encargando a la ciencia y la tecnología el dominio sobre la naturaleza, para que luego una y otra se orientaran al dominio de la sociedad. Entonces el saber (científico tecnológico) se puso al servicio del poder (político) convirtiéndose en muchos casos, en el instrumento legitimador de sucesivos regímenes.

La subordinación del saber al poder quedó clara en latinoamérica cuando la Doctrina de la Seguridad Nacional atacó prioritaria y sistemáticamente a la autonomía universitaria: se hizo desaparecer, se mató, se torturó, se impidió la actividad universitaria a miles de profesores y alumnos, se cerraron carreras (sociología, psicología, etc), se censuraron programas, autores, textos... en el contexto de una universidad intervenida militarmente.

La universidad, ese lugar donde cada cultura puede volver reflexiva y críticamente sobre sí, para cuestionarse sus supuestos, releer su pasado, explicar su presente, anticipar su porvenir, sólo puede cumplir tal función en el marco de una autonomía.

El parentesco entre la libertad y la verdad es demasiado estrecho, desde aquella cita evangélica: "la verdad os hará libres", hay sobradas experiencias históricas del valor liberador de la verdad. Pero a su vez, a la verdad o el conocimiento veraz, sólo puede darse en un ámbito de libertad.

Y si consideramos a la libertad en su significado más reducido, la libertad negativa -como le llamaría I. Berlín- que es defendida por los liberales, veremos que aún para el Tribunal Constitucional, este concepto -la autonomía- es esencial para la actividad universitaria:

"...la actividad fundamental de la universidad es la enseñanza y la investigación, y la libertad científica no se agota en el derecho del profesor a rechazar ingerencias extrañas, sino que requiere que la propia estructura del establecimiento hagan imposibles tales ingerencias".

Esto que ha sido caracterizado como el tercer fundamento jurídico de la sentencia de 1987, nos parece denotar una profunda dimensión filosófica: sin libertad - entendida como ausencia de coacciones- no es posible indagar la realidad (verdad) o pretender enseñarla.

Luego la universidad parece ser el topos o lugar donde la utópica acción comunicativa de J. Habermas y K. O. Apel, pueda tener llevarse a cabo. Donde docentes y estudiantes intentando un diálogo simétrico, participativo, se aproximen crítica y argumentativamente a un conocimiento lo más adecuado posible a lo real, esto es, se aproximen a la verdad.

Para esto resulta necesario que el sujeto epistémico no sólo no esté coacciónado por "ingerencias externas" (libertad negativa), sino que sea capaz de generar su propio proyecto, definir sus objetivos y su modo de autorealización (libertad positiva).

Un orden jurídico propio de un "estado social y democrático de derecho" no puede menos que ajustarse a los hechos o los antecedentes (historia) de las instituciones suyo funcionamiento ha de permitir, y tampoco puede desconocer los valores (filosofía) que tales instituciones pretenden alcanzar.

En la modernidad los estados se atribuyeron a sí mismos, en virtud de su soberanía, una serie de prerrogativas que supusieron un grave quebranto de la autonomía universitaria. Una reivindicación fundamental de la postmodernidad es la recuperación de la misma.

En el sistema jurídico español, la valoración de la aplicación o resultados de la aplicación de la Ley Orgánica de Reforma Universitaria, de 25 de Agosto de 1983, no puede ser sino claramente negativa:

bullet No consigue superar la disociación Sociedad- Universidad, tradicionalmente existente.
bullet Acentuación de las características de clientelismo y oligarquía propias de la Universidad en el sistema jurídico anterior.
bullet Acentuación de las características de masificación y burocratización.
bullet Canalización y potenciación de la endogamia en el régimen de acceso al profesorado, en claro perjuicio de la correcta selección de candidatos, potenciando no a los más aptos, sino a los más osados, quedando las condiciones personales intelectuales, de formación y cultura, en un segundo plano.

ACCION SOBRE LA REALIDAD

La acción de defensa del derecho a la autonomía universitaria debe consistir en la realización de acciones, tanto en la vida universitaria como en la vida extrauniversitaria (como, por ejemplo, los medios de comunicación social), a través de las cuales conseguir el máximo posible de participación democrática de la sociedad.

 

59. EL DERECHO A LA LIBERTAD DE CATEDRA

DESDE LA REALIDAD

Siete profesores de la Universidad de Gotinga -Dahlmann, Albrecht, J. Grimm y W. Grimm, W. Weber, Ewald y Gervinus- fueron destituidos de sus cátedras y expulsados de la Universidad por haber protestado contra la tropelía realizada por el rey de Hannover cuando suprimió la Constitución de 1833, para poder adueñarse de los bienes del patrimonio fiscal y con ellos pagar sus ingentes deudas.

REFLEXION Y ANALISIS

El derecho a la libertad de cátedra tiene una enorme importancia, pues desde ella puede y debe denunciarse las contradicciones propias de todo sistema jurídico- político. Una de esas contradicciones es la violación de los Derechos Humanos. Ello forma parte de la actividad científica -entendida en su sentido más amplio- en cuanto que ésta, implica esencialmente una labor crítica; entendiendo por crítica aquí en varios sentidos o acepciones: en el sentido más genérico de búsqueda de la verdad -de lo que realmente es-, como en el sentido más específico de denuncia de aquellas formas de pensamiento e instituciones que no se compadecen con ella y que están enmascarándola o secuestrándola.
El
derecho a la libertad de cátedra es un elemento imprescindible en la educación para los Derechos Humanos, pues sólo en un régimen que lo reconozca será posible el análisis y difusión de aquellos.
En el marco de una educación participativa, donde se favorezca el diálogo simétrico entre educador y educando, y la misma dinámica bidireccional pueda permitir eventuales cambios de roles, la
libertad de cátedra podrá verse vinculada a libertad de comunicación o de información y no sólo a la libertad de expresión.
La
libertad de cátedra, abiertas las puertas de la acción comunicativa, se constituye se constituye en un elemento esencial para la realización efectiva de los Derechos Humanos.
Por eso, los regímenes totalitarios, tan propensos a atacar todas las
libertades, entre ellas la libertad de expresión y el derecho a la información, se ensañan, aún más si cabe, con la libertad de cátedra. La Doctrina de la Seguridad Nacional en Latinoamérica llegó incluso a prohibir no sólo algunas cátedras, sino Facultades íntegras tales como Sociología, Psicología y otras ciencias sociales, apelando para ello desde la cesantía hasta la desaparición forzada de catedráticos y funcionarios.
Pero tan importante como es para un régimen autocrático impedir la
libertad de cátedra, es para un régimen democrático defenderla y promoverla en todas los ámbitos y niveles posibles. De modo que no sería arriesgado afirmar que el nivel de respeto y promoción de la misma, marca el nivel de democratización de una sociedad.
Porque lo que constituye el núcleo ético mítico de toda cultura -diría Ricoeur- es un conjunto de valores y actitudes que se van comunicando de generación en generación. Y una de las vías privilegiadas para esta comunicación lo constituye la educación sistemática impartida desde las cátedras.

ACCION SOBRE LA REALIDAD

La acción de defensa de la libertad de cátedra, en caso de violación de la misma, puede consistir en la utilización de las garantías institucionales y de las garantías no institucionales.
La acción de defensa de este
derecho puede canalizarse también a través de organizaciones no gubernamentales que luchen por la realización de los Derechos Humanos.
Por último la acción de defensa puede canalizarse a través de la acción de las agrupaciones y asociaciones, sindicales y no sindicales, de los profesionales de la enseñanza, especialmente, de los profesionales de la enseñanza universitaria.

"¿Curso sistemático de derecnos humanos?"; Instituto de Estudios Políticos Para América Latina y África; http://www.iepala.es; Usado con permiso.

 
1. Introducción
2. Clasificación 1
3. Clasificación 2
4. Clasificación 3
5. Vida/Hambre
6. Pena de Muerte
7. Aborto/Eutanasia
8. Genética/Distanasia
9. Psicofísica/Moral
10. La Intimidad
11. La Libertad
12. El Pensamiento
13. La Participación
14. Seguridad Personal
15. Jurisdiccionales
16. Asilo Político
17. La Salud
18. El Trabajo
19. La Sindicación
20. La Educación
21. La Propiedad
22. La Igualdad
23. La Mujer
24. Discriminación
25. La Familia
26. El Individuo
27.El Detenido
28. Humanitario
29. Los Pueblos
30. La Paz
31. Teología Liberación
32. Gutierrez/Boff
 

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