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  9. Guía Para Celebrar Bodas

Ministerio Pastoral prepara líderes para pastorear al rebaño de Cristo, entrenados en los aspectos y responsabilidades del ministerio pastoral.  Se busca que el futuro pastor sea un hombre de Dios íntegro.  Da énfasis en quién es el pastor como persona.  Incluye cómo organizar y administrar su tiempo en el pastorado e informa sobre la celebración de las ordenanzas, funerales y otros servicios especiales.  Su profesor es el educador cristiano y rector del Seminario Reina Valera, Gilberto Abels.

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Cómo celebrar una boda

Gilberto Abels

La introducción:

El matrimonio es una institución civil así como religiosa, y por lo tanto sujeta a reglamentos legales. El ministro debe familiarizarse con las leyes del estado o nación donde se celebrará la boda y cumplir al pie de la letra con los requisitos de la ley. Infórmese con el oficial del gobierno indicado y con un ministro de experiencia. En muchos países de habla española es preciso que los contrayentes presenten el certificado de las autoridades civiles, comprobando que ya se ha verificado el matrimonio. En los EE.UU. se tiene que presentar la licencia de matrimonio. La ceremonia puede verificarse en el templo o en una casa particular, pero siempre ante testigos. El ministro debe estar seguro que los contrayentes han cumplido con los requisitos de la ley civil.

La fórmula sencilla:

Conviene ensayar de antemano el orden del programa, la manera de entrar y de salir  para evitar confusiones.

Los contrayentes puestos de pie ante el ministro, el hombre a la derecha de la mujer, y los respectivos testigos.

El ministro dirá:

"Estamos aquí reunidos en la presencia de Dios y de estos testigos para solemnizar ante el Todopoderoso, y en el nombre de nuestra santa religión, el contrato de matrimonio que este hombre y esta mujer (ya han celebrado ante las autoridades civiles) (desean realizar)."

En seguida el ministro añadirá:

"Si la intención de ustedes es unirse como marido y mujer, lo manifestarán tomándose de la mano derecha."

Dirigiéndose al hombre:

"¿Toma usted a esta mujer, cuya mano sostiene, como su legítima esposa; promete usted solemnemente delante de Dios y de estos testigos, que usted la amará, honrará, consolará; que se conservará solamente para ella, cumpliendo los deberes de un esposo para con su esposa, mientras Dios le conceda vida?"

El hombre responderá:

"Si, lo haré."

El ministro dirigiéndose a la mujer:

"¿Toma usted a este hombre cuya mano sostiene como su legítimo esposo; promete usted solemnemente delante de Dios y de estos testigos, que lo amará, honrará, consolará; que se consagrará solamente para él, cumpliendo con todos los deberes y obligaciones que una esposa tiene para con su esposo, mientras Dios les conceda vida?"

La mujer responderá:

"Si, lo haré."

Si va a usar anillo, el ministro lo tomará de la mano del hombre. Dirigiéndose a él:

"¿Le ha dado usted este anillo a ella como prenda y prueba de que la toma como su legítima esposa, y que es señal de amor puro y sincero de que usted la amará, y cumplirá fielmente los sagrados votos con que ahora se ha juramentado con ella, tomándola como su esposa?"

El hombre responderá:

"Sí, señor."

Dirigiéndose a ella:

"¿Acepta usted este anillo de este hombre, a quién ha tomado como su legítimo esposo, como prueba y prenda de amor verdadero, y de que cumplirá fielmente los votos sagrados que le ha hecho.?"

La mujer responderá:

"Si, señor."

El ministro devolverá el anillo al hombre indicándole que se lo ponga a la mujer: (se pone el anillo) En seguida dirá:

"Sea esto el sello de vuestra mutua fe y vuestro mutuo afecto y felicidad, recuerdo de este sagrado servicio, y de los sacrosantos lazos del matrimonio, por los cuales os habéis unido en santo matrimonio hasta que la muerte os separe.

Por cuanto este hombre y esta mujer solemnemente, y delante de Dios y de estos testigos se han dado y empeñado su fe y palabra el uno y el otro, y lo han manifestado por la unión de las manos, yo los declaro marido y mujer en el nombre del Padre, del Hijo y del Espíritu Santo. Amén.  A los que Dios ha unido, ningún hombre lo separe."

¿Qué es un "ministro matrimonial"?

Enseguida presentamos algunas consideraciones, especialmente para "Ministros Matrimoniales" de los EE.UU, pero útil para todos. En los estados unidos la pareja escoge ser casado por un juez o por un ministro, pero no por los dos; y los matrimonios son igualmente legales. A consecuencia, muchos ministros ganan dinero casando a la gente en sus casas, jardines, parques, salones, la playa, etc. Algunos hasta compran templos viejos y los acondicionan para ser "Capillas Matrimoniales."

Todo esto es legítimo, legal y un servicio usado por muchas parejas que no tienen ligas con una iglesia en particular pero desean tener una boda sencilla y religiosa. Las personas también optan por este medio cuando es su segundo matrimonio o simplemente porque no tienen para una boda costosa. Los "ministros matrimoniales" predominan en este trabajo porque muchos jueces no quieren salir de sus oficinas a celebrar bodas en lugares especiales para los novios.

Se debe aclarar que todo ministro del evangelio con un "Certificado de Ordenación" puede casar en los EE.UU., no importa si es pastor, evangelista, educador, consejero, capellán, músico, etc. Es una forma de sostener a su ministerio y familia. Se cobra por hacer la ceremonia que también incluye la entrega de la licencia a la oficina gubernamental indicada.

Instrucciones para el "Ministro Matrimonial" de los EE.UU.

1. Se anuncia en el periódico bajo PERSONAL, OF INTEREST TO ALL, o PROFESSIONAL SERVICES; también en las páginas amarillas bajo WEDDING CHAPEL. (Personales, de interés para todos, servicios profesionales, capillas de bodas)

2. Un anuncio típico puede decir: "WEDDING CEREMONIES PERFORMED, Home, Garden, Park. Call Rev. Mtz. 333-3333 (SE CELEBRAN BODAS, En casa, jardín, parque, Llame al Rvdo. Mtz 333-3333)

3. Se cobra según el tiempo que le va a tomar. Normalmente es solo llegar al lugar, verificar los documentos y casar a la pareja. No hay sermón, aunque a veces un pensamiento de 5 minutos. Se cobra en una ciudad pequeña $50, en ciudad grande $100, y en una ciudad muy grande $150.

4. No acepte citas de última hora en la noche porque se puede meter en situaciones peligrosas. Además, está en contra de la ley casar a gente intoxicada.

5. La gente casi siempre escoge un lugar "normal" para casarse, lo más popular siendo su propia casa. Puede que deseen venir a la casa del ministro a casarse, pero investigue primero las reglas (zoning laws) de la ciudad en cuanto a negocios en lugares residenciales. Si la pareja desea casarse en un lugar lejano, como en el campo, la playa, etc., que paguen extra por su tiempo.

6. El ministro debe vestirse de un traje oscuro y limpio; si es mujer (muchas mujeres se dedican a este trabajo) en un traje formal. También se puede usar una toga ministerial o de coro. Se compran en las librerías cristianas o por catálogo.

7. No se puede casar a nadie si no le entregan primero una "Licencia de Matrimonio" válido dado por el estado o condado correcto. Esto no se discute.

8. Revise la fecha de que no esté vencida la licencia de matrimonio. Si se vencen.

9. Asegúrese con una identificación con foto, como la licencia de manejar, que las personas que se casen son las mismas nombradas en la licencia de matrimonio. Avíseles de antemano que deben traer la identificación.

10. Inmediatamente, sino antes, haga que los testigos firmen la licencia de matrimonio, antes de que corran todos a la fiesta. La excepción es si tienen un "Confidencial Marriage License" que se permite en California, pero mejor que se casen con un juez.

11. Rellene la licencia de matrimonio con mucho cuidado. Algunos condados rechazan la licencia si tiene cambios o tachas. Otros insisten que se llene con tinta negra. Si se llena incorrectamente, usted tendrá después que encontrar a la pareja y testigos y llenar todo de nuevo.

12. Más vale, antes de casar, visitar la oficina del condado que da las licencias de matrimonio, y pedir que un oficial le enseñe como llenar el documento; y pedir si usted como ministro tiene que registrarse, tener una licencia o archivar su "Certificado de Ordenación". Cada estado es un poco diferente.

13. El ministro tiene el deber de entregar la licencia de matrimonio a la oficina del condado dentro de un plazo de tiempo. No permita a los novios hacerlo. Usted es el responsable ante la ley. Evite estar involucrado en un negocio turbio. (Hay hombres que quieren engañar a sus mujeres haciéndoles creer que están casadas cuando nunca han registrado la licencia.)

14. NUNCA, NUNCA rellene una licencia de matrimonio pre-fechado. La fecha tiene que ser la misma del día de la boda. Si la pareja tiene una licencia vencida, no se pueden casar, aunque "estén los músicos presentes." Tampoco se puede hacer "favores sociales" a la gente pre-fechando la licencia.

15. Si quiere seguir ganando dinero como un "ministro matrimonial" hay que seguir las leyes de su estado al pie de la letra y en el espíritu de la letra.

16. NUNCA, NUNCA juegue con las reglas estatales sobre una boda legal.

La información en esta publicación es solamente una guía para el ministerio y no pretende ofrecer consejo legal de ninguna manera o forma. El artículo es una obra de referencia que puede o no ayudarle a hacer decisiones informadas acerca de su ministerio. Ni el autor, ni esta página de Internet son responsables por ninguna repercusión legal o consecuencias negativas resultado del uso de esta información.

PREGUNTAS SOBRE LA LECCIÓN 

1. ¿Qué es el Matrimonio?

2. ¿Qué cosas debe tener en cuenta un ministro antes de celebrar bodas?

3. ¿Qué se necesita para que un ministro pueda casar una pareja en los EEUU?

4. ¿Qué cuidados debe tener el ministro cuando va a realizar una boda?

El artículo citado arriba es una selección tomada del libro titulado "Anhelando Obispado" escrito por el Rvdo. Gilberto Abels.  

 
1. La Ordenación
2. La Encomienda
3. El Pastorado
4. El Educador
5. El Evangelista
6. El Consejero
7. El Capellán
8. El Músico
9. Las Bodas
10. Los Funerales
11. Dedicaciones
12. La Santa Cena
13. Los Bautismos
14. Sermones
15. Evangelismo
16. El Llamamiento
17. Establecimiento
18. La Adoración
19. Las Reuniones
20. Las Ordenanzas
21. Escuela Dominical
22. La Visitación
23. Avivamientos
24. Vida Social
25. Administrador
26. Velatorios
27. Las Misiones
28. La Prensa
29. Denominaciones
30. Cambio de Campo
31. Otros Ministros
32. El Estudio
33. Responsabilidades
 

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